En los casos de enfermedad popular o accidente no laboral, el cuota entre el 4º y el 15º día de la baja corre a cargo del empresario, a partir del 16º la responsabilidad de suscripción será del INSS o de la mutua.El accidente debe ocurrir durante el trayecto habitual entre el domicilio y el trabajo, es afirmar, el trayecto que el trabajador r… Read More